E-commerce

Como reclamar pérdidas tras el apagón eléctrico en tiendas online

El reciente apagón eléctrico del 28 de Abril que afectó a gran parte de la Península Ibérica durante gran parte del día ha dejado su huella, especialmente en pequeñas y medianas empresas, así como en autónomos. Los autónomos calculan pérdidas de 1.300 millones como primera estimación.

Muchos de ellos dependen exclusivamente de su actividad online, y la caída repentina del suministro eléctrico supuso la interrupción total de su operativa: ecommerce inaccesibles, pedidos no procesados, atención al cliente bloqueada, pagos imposibles de realizar, mercancía perdida, servicios no ofrecidos, teléfonos bloqueados, productos perecederos, electrodomésticos y equipos dañados…

Ante esta situación, son varias las vías disponibles para reclamar los daños sufridos, pues se han producido pérdidas económicas directas por la interrupción del negocio.

¿Qué es el lucro cesante y cómo puede aplicarse a tu tienda online?

El lucro cesante se refiere al dinero que un negocio deja de ganar como consecuencia directa de un hecho perjudicial, como ha sido el apagón. Si tu tienda online ha sufrido una caída de ingresos demostrable durante el corte de suministro, puedes valorar iniciar una reclamación. Una tienda online alojada en España y/o tráfico español ha tenido sin duda caída de ventas.

Para poder hacerlo, deben cumplirse ciertos requisitos:

  • Demostrar el perjuicio económico: Es necesario acreditar la pérdida con datos reales y verificables (por ejemplo, comparativas con ventas anteriores, contabilidad previa, informes fiscales o estadísticas de tráfico web). Si el lunes 21 tuviste X tráfico e Y pedidos, el lunes 28 habrás tenido una perdida significativa de ambas variables.
  • Identificar una causa imputable: La interrupción debe haber sido producto de una acción u omisión negligente, atribuible al proveedor del servicio o a quien corresponda.
  • Establecer una relación de causa-efecto: Es indispensable demostrar que la pérdida de ingresos está directamente vinculada con el apagón.

Además, es habitual que estas reclamaciones se acompañen de un informe pericial económico, que cuantifique las pérdidas y sustente la petición de indemnización.

¿Cómo calcular las pérdidas de tu negocio digital?

Para tiendas online o negocios digitales, los métodos más habituales son:

  • Comparación de ingresos: Analizar cuánto ingresaste en fechas similares antes del apagón y cuánto perdiste en el periodo afectado.
  • Gastos fijos asumidos: Aunque tu negocio estuvo inactivo, seguramente tuviste que asumir pagos como el alquiler del local, cuotas de plataformas e-commerce, salarios, campañas publicitarias ya contratadas y en marcha, entre otros.

Este cálculo, bien justificado, puede ser la base para solicitar una compensación formal.

¿A quién puedes reclamar?

  1. Comercializadoras o distribuidoras eléctricas
    Puedes presentar una reclamación a tu proveedor energético. Si puedes demostrar la afectación directa del apagón en tu actividad y los daños causados, es posible exigir una compensación. La distribuidora solo se exime si acredita que la causa fue ajena a su control (como una fuerza mayor o un tercero). Guarda pruebas: capturas de pantalla de la caída del sitio, registros de errores, fotografías de equipos dañados, emails de clientes, etc.
  2. Compañías de hosting o servicios digitales
    Si tu proveedor de alojamiento web garantizaba un nivel de servicio mínimo (SLA), podrías reclamar si ese estándar se incumplió por falta de redundancia o gestión de incidencias.
  3. Tu aseguradora
    Revisa si tu póliza cubre pérdidas por interrupción de actividad o cortes eléctricos. Algunas pólizas incluyen coberturas específicas para tiendas online o actividad digital. Conserva facturas, tickets y realiza una documentación visual de cualquier daño o pérdida que hayas sufrido. Esta es la vía más fácil para tener alguna compensación.

¿Conviene esperar a medidas del Gobierno?

Sí, es recomendable mantenerse atento a posibles anuncios oficiales. El Gobierno podría habilitar líneas de ayuda, compensaciones o medidas fiscales para paliar los efectos del apagón en negocios como el tuyo. Habrá que esperar para conocer las causas y depurar responsabilidades.

Si se achacara “a una fuerza mayor”, las compañías de energía se librarían, como con el ciberataque, del pago de las indemnizaciones. En este caso el Consorcio entra en escena con los “riesgos extraordinarios” y los apagones no entran, por ahora, en esa catalogación.

Aun así, no retrases la recopilación de pruebas: son fundamentales para cualquier futura reclamación.

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